El Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102)
Una vía para lograr la protección social universal basada en los derechos
Mensajes clave
Desde la Cuna hasta la Tumba: El Derecho Humano a la Seguridad Social a lo Largo del Ciclo de Vida
Seguridad Social: Más que un Derecho Humano, una Inversión en las Personas y el Progreso
El Convenio No. 102: Estableciendo Normas Mínimas para los Sistemas de Protección Social
Promoviendo el Trabajo Decente a través de las Normas de Seguridad Social
Universalmente Aceptadas, Nacionalmente Relevantes: Normas de Seguridad Social Para Todos
Moldeando el Panorama de la Protección Social: El Poder Combinado del Convenio núm. 102 y la Recomendación No. 202
Haciendo Realidad el Derecho Humano a la Seguridad Social
Un Camino Hacia el Progreso: Por qué Ratificar el Convenio núm. 102 es Importante
Contexto
La crisis de la COVID-19 expuso brechas constantes de cobertura y suficiencia:
- Muchas personas carecen de protección (4 mil millones de personas en el mundo) debido a la alta informalidad, la desigualdad, el espacio fiscal limitado, la fragmentación institucional y los cambios demográficos.
- Solamente un 30.6% de las personas en edad de trabajar tienen acceso integral a la seguridad social (es decir, protección contra las nueve contingencias).
- La cobertura de las mujeres es inferior en un 8% a la de los hombres
Los sistemas de protección social universales, integrales, suficientes y sostenibles basados en principios y marcos legales internacionales son importantes porque:
- Ayudan a superar crisis como la de la COVID-19.
- Protegen la salud, el empleo y los salarios de las personas proporcionando seguridad de ingresos y asistencia sanitaria.
- Promueven igualdad y seguridad.
ODS 1.3.1: Cobertura efectiva por función de la protección social (%)
Llamada a la acción
- La OIT está implementando una Campaña mundial con el fin de aumentar las ratificaciones y la aplicación efectiva del Convenio núm. 102 de la OIT, que establece normas mínimas de seguridad social.
- Objetivo: Alcanzar 70 ratificaciones para el 2026.
- Los mandantes de la OIT (gobiernos, organizaciones de empleadores y trabajadores), así como otras partes interesadas, están invitados a participar en esta iniciativa mundial.
Principales características del Convenio núm. 102
Beneficios de ratificar y aplicar el Convenio núm. 102
Promover la justicia social reduciendo la pobreza, la vulnerabilidad y la desigualdad
Mejorar el acceso financiero a la asistencia médica y abordar los determinantes sociales de la salud
Dar cumplimiento a las obligaciones internacionales y regionales
Cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible de 2030
Reforzar la capacidad de los Estados para construir sistemas de protección social universales, integrales, adecuados y sostenibles
Buena gobernanza para aumentar la confianza pública y la paz social
Evitar la nivelación a la baja de los sistemas nacionales de seguridad social mediante la creación de condiciones equitativas a escala mundial
Mitigar los impactos sociales de las crisis de salud, financieras y económicas
Dar voz a los trabajadores y empleadores para una aplicación efectiva
Alentar la gestión participativa y sostenibilidad financiera
Aumentar la productividad laboral, la competitividad y la solidaridad social
Romper el círculo de vulnerabilidad, pobreza y exclusión social y reforzar el contrato social
¿Cómo aplicar el Convenio núm. 102 a escala nacional?
El Convenio núm. 102 establece puntos de referencia mínimos en lo que respecta a la calidad y cantidad de las prestaciones que deben concederse, incluido con respecto a:
- la definición de la contingencia;
- las personas que deben protegerse;
- las condiciones de elegibilidad;
- la naturaleza y el alcance de la prestación;
- la duración de las prestaciones.
El Convenio también establece una serie de principios rectores, entre los que se incluyen:
- la no discriminación e igualdad de trato;
- responsabilidad general del Estado;
- el derecho de reclamación y apelación;
- la financiación colectiva de las prestaciones;
- la gestión participativa de los regímenes de seguridad social;
- los casos en que es aceptable la suspensión de una prestación.